Código de conducta
Con el fin de contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, en el Hotel San Miguel Imperial en cumplimiento de la Ley 679 de 2001, la ley 1336 de 2009 y la resolución 3840 de 2009, nos comprometemos con las siguientes obligaciones legales:
1. Abstenernos de ofrecer en los programas de promoción turística y en planes turísticos, expresa o subrepticiamente, planes de explotación sexual de menores.
2. Adoptar las medidas tendientes a impedir que los colaboradores dependientes o intermediarios, ofrezcan servicios turísticos que incluyan contactos sexuales con menores de edad.
3. Proteger a los menores de edad nacionales o extranjeros de toda forma de explotación y violencia sexual originada por turistas nacionales o extranjeros.
4. Incorporar en nuestra publicidad turística, información sobre las consecuencias legales de la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes.
5. Abstenernos de dar información a los turistas, directamente o por intermedio de nuestros empleados acerca de lugares desde donde se coordinen o donde se presten servicios sexuales con menores de edad.
6. Abstenernos de conducir a los turistas a establecimientos o lugares donde se practique la prostitución de menores de edad.
7. Abstenernos de conducir a los menores de edad, directamente o por intermedio de nuestros empleados a los sitios donde se encuentran hospedados los turistas, incluso si se trata de lugares localizados en altamar, con fines de prostitución de menores de edad.
8. Abstenernos de arrendar o utilizar vehículos en rutas turísticas con fines de prostitución o bares, negocios similares y demás establecimientos turísticos con fines de prostitución o de abuso sexual de menores de edad.
9. Impedir el ingreso de los menores a nuestro hotel con fines de prostitución o de abuso sexual a menores de edad.
10. Rechazar la explotación laboral infantil.
11. Rechazar la discriminación de raza o género.
12. Comunicar oportunamente a la policía local y/o autoridades competentes, los casos de comercio sexual con menores que se detecten con los proveedores.
13. Solicitamos a los clientes, proveedores, socios y a otras agencias que rechacen la participación en la explotación sexual de menores y que informen sobre todos los casos de explotación sexual de niños de los que tengan conocimiento.
14. Denunciar ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Fiscalía General de la Nación, el ICBF, y demás organismos competentes, los hechos relacionados con la explotación sexual de menores de edad.
Igualmente nos comprometemos a implementar mecanismos de vigilancia, medidas preventivas y correctivas orientadas a evitar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, por medio de presentación si excepción al momento del check in del registro civil de todo menor de edad, así mismo la solicitud permiso de salida menores de edad que no viajan con sus padres, entre otros, también frente a la inobservancia del presente Código, Todos los miembros del hotel San Miguel Imperial nos comprometemos a ser veedores de su adecuado cumplimiento.
Quien incurra en explotación, pornografía y turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, será castigado con pena privativa de la libertad y sanciones de carácter pecuniario y administrativo por las autoridades competentes.
1. Abstenernos de ofrecer en los programas de promoción turística y en planes turísticos, expresa o subrepticiamente, planes de explotación sexual de menores.
2. Adoptar las medidas tendientes a impedir que los colaboradores dependientes o intermediarios, ofrezcan servicios turísticos que incluyan contactos sexuales con menores de edad.
3. Proteger a los menores de edad nacionales o extranjeros de toda forma de explotación y violencia sexual originada por turistas nacionales o extranjeros.
4. Incorporar en nuestra publicidad turística, información sobre las consecuencias legales de la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes.
5. Abstenernos de dar información a los turistas, directamente o por intermedio de nuestros empleados acerca de lugares desde donde se coordinen o donde se presten servicios sexuales con menores de edad.
6. Abstenernos de conducir a los turistas a establecimientos o lugares donde se practique la prostitución de menores de edad.
7. Abstenernos de conducir a los menores de edad, directamente o por intermedio de nuestros empleados a los sitios donde se encuentran hospedados los turistas, incluso si se trata de lugares localizados en altamar, con fines de prostitución de menores de edad.
8. Abstenernos de arrendar o utilizar vehículos en rutas turísticas con fines de prostitución o bares, negocios similares y demás establecimientos turísticos con fines de prostitución o de abuso sexual de menores de edad.
9. Impedir el ingreso de los menores a nuestro hotel con fines de prostitución o de abuso sexual a menores de edad.
10. Rechazar la explotación laboral infantil.
11. Rechazar la discriminación de raza o género.
12. Comunicar oportunamente a la policía local y/o autoridades competentes, los casos de comercio sexual con menores que se detecten con los proveedores.
13. Solicitamos a los clientes, proveedores, socios y a otras agencias que rechacen la participación en la explotación sexual de menores y que informen sobre todos los casos de explotación sexual de niños de los que tengan conocimiento.
14. Denunciar ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Fiscalía General de la Nación, el ICBF, y demás organismos competentes, los hechos relacionados con la explotación sexual de menores de edad.
Igualmente nos comprometemos a implementar mecanismos de vigilancia, medidas preventivas y correctivas orientadas a evitar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, por medio de presentación si excepción al momento del check in del registro civil de todo menor de edad, así mismo la solicitud permiso de salida menores de edad que no viajan con sus padres, entre otros, también frente a la inobservancia del presente Código, Todos los miembros del hotel San Miguel Imperial nos comprometemos a ser veedores de su adecuado cumplimiento.
Quien incurra en explotación, pornografía y turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, será castigado con pena privativa de la libertad y sanciones de carácter pecuniario y administrativo por las autoridades competentes.